¿Como se realiza el cálculo por IPC desde el sistema?

El cálculo del reajuste por IPC configurado en el contrato se realiza en el periodo y fecha que queda pactada para ese negocio por parte del usuario al momento de registrar el contrato en la plataforma.

El sistema considera el IPC acumulado con un mes de desfase en relación al valor de IPC acumulado publicado por el SII , por lo que como ejemplo , si un contrato que inicia el 1 de enero tiene pactado reajuste por IPC trimestral (cada 3 meses) y la fecha de ese reajuste esta pactada para el 1 de abril , el sistema va a considerar la suma del IPC mensual de los 3 meses anteriores a ese reajuste , es decir , el IPC de enero + el IPC de febrero + el IPC de marzo para determinar el % de IPC acumulado por el cual se aplicara ese reajuste .

En el mismo ejemplo anterior , si el contrato parte con un canon de arriendo de $300.000 y tiene pactado reajuste por IPC cada 3 meses , el canon de arriendo se va a reajustar en el cobro del arriendo del mes de Abril , considerando un IPC acumulado trimestral del 2% como ejemplo (enero 1.1% + febrero 0.4% +marzo 0.5% = 2% acumulado) , por lo que el nuevo valor de arriendo a cobrar será de $306.000 ( $300.000 del arriendo inicial + $6.000 que corresponde al 2% de IPC acumulado sobre ese valor de arriendo inicial) .

Luego la formula se repite en cada ciclo de reajuste, considerando el valor ya reajustado (en el ejemplo $306.000) por el nuevo % de IPC acumulado en los 3 meses anteriores a ese reajuste.

Es frecuente que el arrendatario no logre entender esta lógica , debido a que lo usual es que a modo de validación de lo que se le esta cobrando como reajuste , consulte el valor por la calculadora del INE y los % aplicados al reajuste aplicado no le cuadren , lo que se explica debido a que lo mas probable es que en la fecha que el arrendatario hace esa validación , el valor del IPC del mes en curso que se cobra como arriendo por adelantado ya este publicado , lo que no es de esa forma en el momento en que el sistema genera los cobros y reajustes , dado que la generalidad indica que las liquidaciones se emiten el día 1 del mes , por cobro adelantado y el IPC de ese mismo mes recién es conocido el día 8 de ese mismo periodo .

Por lo anterior, relacionado a la fecha en que el sistema puede conocer el valor real del IPC acumulado a la fecha de emisión de las liquidaciones de arriendo, es que la lógica implica que para el cálculo del acumulado, se usa la sumatoria de los valores de IPC con un mes de desfase.

Existe un caso de uso para el reajuste, en los cobros mensuales de arriendo de un contrato, cuando de cara el usuario o arrendatario, da la impresión de que el arriendo se reajusta durante 2 periodos consecutivos, lo que se debe al efecto de la fecha de inicio del negocio en el sistema (cuando el día de inicio es diferente al primer día del mes, eje. día 15). Este tipo de reajuste, conocido como "reajuste parcelado", se explica porque en el primer periodo en que se aplica el reajuste, el sistema no lo hace por mes corrido, sino que lo calcula por los días proporcionales que el contrato registra en ese mes en que se produce el reajuste (15 días para el ejemplo). Luego, en el periodo siguiente, se calcula por mes corrido, completando de esa forma el nuevo canon de arriendo a su monto total reajustado. Este comportamiento, que en algunos casos es interpretado como un error por el usuario debido a desconocimiento en la lógica de la aplicación de los reajustes, garantiza que el sistema siempre cobre lo correcto en casos en que la fecha de inicio del contrato es distinta al primer día del mes de su inicio.

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